Este jueves el Diario Oficial publicó la Ley 21.081 que reforma al Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) y que le entrega nuevas facultades para proteger los derechos de los consumidores.

Dentro de las principales reformas del Sernac están la facultad de poder fiscalizar a las empresas, las cuales estarán obligadas a responder ante sus exigencias.

El organismo deberá confeccionar un plan anual de fiscalización, cuyas directrices generales serán públicas, además de desarrollar las fiscalizaciones conforme a ese plan o ante denuncias de consumidores.

También, se duplicará la dotación del Sernac para fiscalizar, perseguir infracciones y hacer cumplir la ley, para lo cual contará ahora con más recursos y con 10 nuevas oficinas provinciales de atención al consumidor, derivación de casos a las Corporaciones de Asistencia Judicial (CAJ), fiscalización y la persecución judicial de multas.

De igual forma, el ente fiscalizador podrá iniciar Procedimientos Voluntarios Colectivos, con nuevas exigencias a las propuestas de las empresas y menos plazo de respuesta, para lograr compensar directamente a miles de consumidores en máximo seis meses, evitando un juicio.

El Sernac desmintió el hecho de que se haya dejado al organismo sin “herramientas sancionatorias”, detallando que “tal como estaba la normativa, el Sernac nunca podría haber aplicado directamente multas ni sanciones. Siempre tendría que recurrir a los tribunales mediante un proceso judicial para hacerlo, porque no tenía el imperio o atribución para hacerlas cumplir. Por lo tanto, hubiera sido un trámite lento, ineficiente y burocrático”.

Por otra parte, los consumidores tendrán como nuevos derechos que en casos de interrupción injustificada de todos los servicios básicos, habrá compensaciones automáticas, las que serán abonadas a las cuentas.

Además, las empresas de telecomunicaciones ya no podrán vender servicios atados ni ofertas conjuntas sin ofrecerlos por separado.

By Editor

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