La propuesta entrará al Congreso con discusión inmediata, por lo que debería ser despachado en un plazo máximo de seis días por cada cámara
Actualizar la legislación para enfrentar de mejor forma estos delitos que afectan la libertad, integridad y vida privada de las personas, es el objetivo del Proyecto de Ley contra amenazas, coacción y hostigamiento, que fue presentado por el Presidente Sebastián Piñera.
El anuncio fue destacado por el Delegado Presidencial de la Región de Coquimbo, Pablo Herman, quien detalló que con esta propuesta se está reformulando el delito de amenazas y se crean los nuevos delitos de coacciones y hostigamiento.
“Lo que ha impulsado el Presidente Piñera con este proyecto de Ley es castigar a quienes cobardemente amenazan a las personas o recurren siempre a hostigamiento para imponerse ante los demás, sobre todo mediante redes sociales. Eso no puede darse en un país que promueve el respeto, la tolerancia y la democracia. Esta iniciativa representará un avance muy importante para nuestra justicia, ya que nos dará una mejor defensa para las víctimas de estos actos que, hasta hoy, no son imputables.”, precisó la autoridad regional.
La coacción, que consiste en compeler a otro mediante violencia o amenaza, hoy no está tipificada en la regulación actual como delito, lo que se pretende cambiar con la nueva ley y sancionar con penas que van desde 541 días hasta 5 años de presidio dependiendo del grado.
Asimismo, la propuesta legislativa, incluye y tipifica el delito de hostigamiento, que es cuando una persona, ya sea verbalmente, a través de mensajes, llamadas, afecta la intimidad, vida privada o integridad psíquica de otra persona, mediante acciones insistentes y no deseadas. Para ello, se contemplan penas de privación de libertad desde 61 días a 5 años.
El Vocero Regional, Ignacio Pinto valoró el proyecto de ley, sobre todo la reformulación del concepto de amenazas, ya que gracias a esto “se hace más perseguibles y, de esta forma, se puede defender mejor a las personas. Se crean figuras calificadas con penas más severas, por ejemplo cuando se amenaza con homicidios, secuestro, lesiones graves y, también, cuando se amenaza en forma anónima o a través de identidades falsas en redes sociales”, manifestó.
Por otra parte, se simplifica la amenaza, separándola de las coacciones y el hostigamiento, y, adicionalmente, se crean figuras calificadas para el delito de amenazas como cuando la amenaza consiste en cometer alguno de los delitos más graves o cuando se realicen de manera anónima o con falsa identidad. Dependiendo de la gravedad del delito será la tipificación que se le dé y el castigo al que se exponga el autor, las que van de los 61 días a los 5 años.